La comunidad A’iCofan de Sinangoe, despues de meses de exigir justicia y reparación a través de una acción de protección por la falta de consulta por la decisión del estado ecuatoriano de entregar 32000 hectáreas de concesiones mineras que afectan a su territorio, fue notificada con la sentencia de la Sala Única de Sucumbíos que resuelve a su favor y reconoce la vulneración de varios derechos constitucionales de la comunidad.
El Tribunal de la sala única de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos, reconoció que la actividad minera, en cualquiera de sus fases, en las cuencas hidrográficas y en las inmediaciones de un área protegida, representa una amenaza directa y grave al derecho al agua, al territorio, a la consulta previa y a la vida de la comunidad A’iCofán de Sinangoe y de las comunidades ribereñas al Aguarico.
La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU) celebra el segundo fallo histórico en el país, pues en esta sentencia se declaran vulnerados los derechos constitucionales en contra del pueblo A’I Cofán de Sinangoe: derecho a que se respeten sus costumbres y formas ancestrales de vida lo que constituye una riqueza irremplazable; derecho a una vida digna que garantice el ambiente biodiverso sustento de la vida de los Sinangoe; el derecho al agua.
Celebramos también que la sentencia deja sin efecto las concesiones mineras otorgadas y en trámite y suspensión definitiva y archivo de todas las solicitudes de concesiones que se encuentran en la comunidad de Sinangoe y en su zona de influencia, incluidas las riberas de los ríos Chingual, Cofanes que dan nacimiento al río Aguarico; todas las concesiones que se encuentren dentro de la reserva Cayambe Coca y todas las tierras aledañas a su territorio, pues reconoce que atentan contra la naturaleza y que es un patrimonio intangible de toda la humanidad, lo cual es un precedente importantísimo para el reconocimiento de los derechos de la naturaleza.
Vemos con alegría que se dispone la reparación de los daños ocasionados, lo cual tiene una implicación directa en la obligación del Estado de garantizar la reparación integral de la naturaleza en los términos que dispone la Constitución, y a la vez es reto dispuesto a las autoridades competentes que permitirá hacer efectivos los derechos de la naturaleza. Finalmente, nos congratula saber que se dispone a la Fiscalía General del Estado iniciar las acciones penales en contra de los responsables de los daños y afectaciones producidas, y a la Contraloría General del Estado realizar auditoría a los procesos de concesiones. Estas disposiciones generan un precedente histórico para alcanzar la justicia ambiental y social.
Cabe destacar la participación como peticionario de la Defensoría del Pueblo quien ha demostrado poder cumplir con su mandato de tutelar los derechos y mencionar que el reconocimiento de los ríos Cofán, Chingual y Aguarico como una zona hídrica protegida por parte de la agencia de SENAGUA refuerza la sentencia y la argumentación del caso, y representa un paso adelante hacia el reconocimiento y aplicación de los derechos de la naturaleza.
Recordamos al Estado que es su obligación proteger estas zonas y a las comunidades que habitan en ellas, en consecuencia, debe prohibir todo tipo de exploración, explotación y comercialización de oro u otros minerales en dichas áreas. Reafirmamos que esta victoria representa un importante precedente para la comunidad de Sinangoe y para todos los pueblos indígenas de Ecuador que defienden sus territorios y su integridad frente al extractivismo.