Hoy, el juez Vicente Rivadeneira Narváez, de la Unidad Judicial de Medidas de Protección y Desestimaciones de Quito, dispuso al Consejo Nacional Electoral (CNE) la suspensión de la consulta popular en el cantón Girón a realizarse este domingo 24 de marzo, donde sus habitantes se pronunciarían sobre la siguiente pregunta: “¿Está usted de acuerdo que se realicen actividades mineras en los páramos y fuentes de agua del Sistema Hidrológico Kimsakocha (Quimsacocha)?”.
El proceso de consulta inició en agosto de 2015, cuando el CNE calificó 1 571 firmas presentadas por la Unión de Sistemas Comunitarios de Agua de Girón; posteriormente, el proceso pasó a la Corte Constitucional (CC), entidad que no se pronunció durante 3 años.
Esta resolución se produce tras aceptar una petición de medidas cautelares a favor del colectivo “Unidos por el Desarrollo de los cantones Girón y San Fernando”, quienes alegaron que esta consulta pone en riesgo su derecho a la seguridad jurídica, a la igualdad y no discriminación, y el derecho de participación en temas de interés nacional y local, porque no se les habría permitido participar de un proceso en el que se discutirá sobre temas que les atañe e involucra directamente. Este colectivo también presentó una solicitud para realizar una consulta popular, sobre lo siguiente: “Está usted de acuerdo que la zona de influencia del proyecto minero Loma Larga (Kimsakocha) se beneficie del 60% de las regalías que genere la explotación minera responsable?”. De tal manera que ambas preguntas guardaban cierta conexidad, por lo que fueron acumuladas según se evidencia en el auto de admisión (17 de mayo de 2016) de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional, dictado dentro del proceso No. 008-15-CP.
Desde la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos-CEDHU alertamos por esta resolución, misma que no explica cómo se afectan los derechos de los peticionarios; es decir que no es motivada, ya que analiza el proceso por el cual se dio paso a la consulta popular más no precautela el derecho a la participación, así obstaculiza, retarda e impide este derecho porque no permite que la ciudadanía se pronuncie por un tema de interés público.
La consulta popular del 24 de marzo sería un precedente importante de democracia, ya que tendría una repercusión directa, vinculante con el territorio, lo cual ha sido posible luego de un proceso largo de resistencia, que ha producido persecusión, criminalización y judicialización a los dirigentes sociales, etc., con lo cual se han violentado los derechos individuales y colectivos de la población, en especial su derecho a la consulta libre, previa e informada porque las comunidades no han sido consultadas por el estado ecuatoriano para el otorgamiento de la concesión minera a favor de las compañías mineras canadienses IAMGOLD/INV.