La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos expresa su preocupación por los recientes allanamientos en el Ministerio de Energía y el Viceministerio de Minas, que apuntan a la emisión irregular de más de 600 concesiones mineras en Ecuador.
Esta grave situación pone de manifiesto la falta de transparencia en los procesos de otorgamiento de permisos mineros ya que éstos a su vez pueden generar consecuencias devastadoras para las comunidades locales, incluyendo la violación de sus derechos a la tierra, agua y un ambiente sano, derechos reconocidos en la Constitución de la República del Ecuador y en instrumentos internacionales de derechos humanos como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y otras personas que trabajan en las Zonas Rurales.
Desde hace más de 10 años varias comunidades en distintas provincias del país enfrentan el riesgo de desplazamiento, contaminación, pérdida de sus medios de vida y el debilitamiento del tejido social. Es imperativo que se protejan estos derechos y se asegure un diálogo abierto de las instituciones del Estado con las comunidades afectadas para intentar restituir sus derechos.
Instamos a las autoridades de la Fiscalía General del Estado y demás órganos de control a llevar a cabo una investigación exhaustiva y transparente sobre las irregularidades en la concesión de permisos que se están otorgando para la explotación minera en zonas productivas del país.
Por otro lado, la CEDHU expresa gran preocupación por el reciente acuerdo de confidencialidad firmado entre Ecuador y Canadá, que declara reserva sobre la información relacionada con un acuerdo comercial suscrito entre ambos países. Esta decisión publicada el 15 de agosto de 2024 por el Ministerio de Producción, Comercio exterior, inversiones y Pesca y el 15 de septiembre de 2024 en el Registro Oficial plantea serias inquietudes sobre transparencia y el derecho de acceso a la información pública de la ciudadanía en base a la Resolución en la que señala en su Artículo 1:
“CLASIFICAR como información reservada aquella catalogada como confidencial por Canadá, de conformidad con su normativa y con los instrumentos jurídicos aplicables en el marco de la negociación del Acuerdo Comercial entre la República del Ecuador y el gobierno de Canadá, a saber: las propuestas bilaterales para los textos de las disciplinas que se están negociando, las listas y cronogramas, los documentos etiquetados expresamente como “confidenciales” o “sensibles”, los documentos que las organizaciones de las Partes que intervienen en la fase de negociación soliciten que sean confidenciales; así como, otros documentos relativos a este proceso que hayan sido tratados como confidenciales en el pasado toda vez que su libre circulación podría representar riesgos de difícil reparación para el Estado ecuatoriano, tales como la afectación de la capacidad de negociación, o su uso indebido o explotación por terceros.”[1]
Medios de comunicación informan que la decisión se habría basado en un informe técnico del 26 de junio de 2024 que clasifica como reservada información relacionada con propuestas bilaterales, listas, cronogramas y otros documentos que se consideran “confidenciales o sensibles”.
Recordamos que por mandato constitucional la única información que goza de reserva es la que se refiere a asuntos de seguridad nacional y aquella que así hubiera sido declarada por Ley, por lo que resulta alarmante que una norma de inferior jerarquía pretenda declarar la confidencialidad del acuerdo pues aquello restringe el derecho de la población a estar informada sobre acuerdos que pueden tener implicaciones significativas en áreas como el comercio, la economía y los derechos humanos y de la naturaleza que pueden afectar la vida de las personas a nivel individual y comunitario, mas cuando, actualmente, dos compañías canadienses se encuentran enfrentando procesos judiciales relacionados con las concesiones mineras que les fueron otorgadas por el Estado.
Desde la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos hacemos un llamado a las autoridades y exigimos que se transparente la información sobre las negociaciones comerciales que se realicen con Canadá. Es esencial que se garantice el derecho de aceeso a la información un pilar fundamental de la democracia y del respeto a los derechos humanos.
Además instamos a las organizaciones de la sociedad civil a actuar como veedores en estos procesos promoviendo la transparencia y vigilando qe las decisiones tomadas en el marco de estos acuerdos no perjudiquen a la población.
[1] Registro oficial No. 637 http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/eyJjYXJwZXRhIjoicm8iLCJ1dWlkIjoiY2NkYzE2M2EtYjRkOS00ZmJhLWIwNGItMjM4NjA4ODhmNGFlLnBkZiJ9