El 25 de marzo de 2024 el juez multicompetente del Cantón Sigchos, provincia de Cotopaxi, suspendió provisionalmente la consulta ambiental en las parroquias Las Pampas y Palo Quemado como medida cautelar, dentro del proceso de Acción de protección interpuesta por el Alcalde del cantón. Con esta decisión lo que se esperaba, además de la suspensión de la consulta, era la salida de los aproximadamente 500 policías y militares que llegaron desde el 18 de marzo para resguardar la imposición de la consulta ambiental del proyecto minero La Plata de propiedad de la empresa canadiense Ático Mining. Al contrario, se intensificó la represión policial y militar, lo cual profundizó el conflicto y provocó heridos de gravedad.
La represión que empezó el 19 de marzo de 2024 provocó, según reportes de personas de la comunidad, al menos 15 personas heridas y se intensificó el martes 26 de marzo, día en el que recibimos llamadas de auxilio de mujeres campesinas que reportaban que campesinos fueron emboscados y reprimidos por las fuerzas policiales y militares. A partir de las 11h00 de este día empezaron a circular en redes sociales del Frente Nacional Antiminero imágenes de personas gravemente heridas con disparos de balas de goma que fueron trasladadas a casas de salud.
Uno de ellos es Mesías Robayo, quien fue impactado en el rostro por perdigones. Recibió primeros auxilios del centro de salud de Las Pampas, pero por la gravedad de sus heridas fue trasladado a un hospital público en la ciudad de Santo Domingo de los Tsáchilas, quien hasta el momento se encuentra con pronóstico reservado por la gravedad de sus lesiones. Familiares que lo acompañan informaron que el día de ayer un auto del ECU 911 estuvo estacionado en las afueras de la casa de salud, y el día de hoy ingresaron policías vestidos de civiles peguntando por Mesías Robayo. Expresamos nuestra preocupación por la presencia policial en el centro de salud, hecho que no es una actuación regular.
Nos preocupa las declaraciones de Iván Navas Chacón, gobernador de Cotopaxi, quien en un comunicado oficial afirmó categóricamente que las fuerzas del orden instaladas en las parroquias Palo Quemado y Las Pampas, reprimieron a la población -exclusivamente- con gases lacrimógenos. En el comunicado se niega el uso de armamento letal y perdigones.[1]
Denunciamos públicamente que la presencia policial y militar en Palo Quemado desencadenó en represión violenta contra los habitantes de esta parroquia, quienes ejerciendo su derecho a la resistencia fueron señalados por Jaime Vela, Jefe del Comando Conjunto de la FF.AA, como terroristas, para estigmatizar y criminalizar a quienes se oponen a proyectos mineros impuestos por el gobierno.
Al respecto, el Informe “Criminalización de la labor de las defensoras y los defensores de derechos humanos” de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha cuestionado el “uso indebido de leyes antiterroristas y otras leyes relativas a la seguridad del Estado en contra de defensoras y defensores bajo el pretexto de proteger la seguridad y el orden público”,[2] utilizando, como lo hace el gobierno de Daniel Noboa, tipos penales como sedición y terrorismo para criminalizar la protesta social, figuras con amplio margen de discrecionalidad donde operadores de justicia, “harían uso de estos tipos penales en contra de defensoras y defensores con el fin de procesarlos y así limitar sus actividades de promoción y defensa de los derechos humanos.”[3] La CIDH señaló que ha recibido información de países como Ecuador sobre el uso indebido e incluso abusivo de estos tipos penales.
El gobierno estigmatiza de “terroristas” a quienes ejercen el derecho a la resistencia, sin considerar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en Sentencia No. 506 del 18 de octubre de 2023, resalta la labor de las y los defensores de derechos humanos como trascendental e importante para la democracia y el Estado de Derecho, cuya labor de vigilancia, denuncia y educación es relevante porque contribuye a la observancia de los derechos humanos, a ser garantes contra la impunidad y complementa el rol de los Estados y del Sistema Interamericano.[4] La sentencia cita el Acuerdo de Escazú sobre acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en temas ambientales en América Latina y el Caribe, destacando el artículo 9 que obliga a los Estados, entre otras cosas, a garantizar un entorno seguro y propicio en el que las personas defensoras puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad, y dispone a los Estados tomar medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que las personas defensoras puedan sufrir en el ejercicio de sus derechos y labores.[5]
Además, denunciamos que el día de ayer, miércoles 27 de marzo de 2024, mientras se desarrollaba un plantón pacífico en solidaridad con los habitantes de las parroquias Palo Quemado y Las Pampas en los exteriores del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica en la ciudad de Quito, policías lanzaron gas pimienta en la cara a personas que se encontraban en el plantón, varias de ellas mujeres, y a periodistas que realizaban cobertura. Estos hechos dan cuenta del uso excesivo de la fuerza y de la política para reprimir la protesta pública y coartar la libertad de expresión.
Hacemos un llamado al Estado ecuatoriano a respetar los estándares internacionales de derechos humanos, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que establecen normas de protección para personas defensoras y defensores. Recordamos que el Ecuador es miembro signatario del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, cuyas sentencias son de obligatorio cumplimiento.
Por lo antes expuesto, y considerando la grave situación que enfrentan las defensoras y los defensores de derechos humanos, nos unimos al pedido de las comunidades y exigimos la salida inmediata de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional de las parroquias de Palo Quemado y Las Pampas, pues su presencia no tiene justificación dada la medida cautelar dispuesta por el Juez, además de generar actos de violencia que ponen en riesgo la vida e integridad de los habitantes.
Solicitamos a la Defensoría del Pueblo acompañamiento permanente en territorio y abrir un expediente defensorial que visibilice las vulneraciones de derechos humanos ocurridas en el contexto de la consulta ambiental. Recordamos a la Junta Cantonal de Protección de Derechos del Cantón Sigchos, la obligación dispuesta por el Juez, de supervisar la ejecución de la medida cautelar.
Pedimos a las organizaciones de derechos humanos y a la comunidad internacional denunciar las graves vulneraciones de derechos humanos que están ocurriendo en las parroquias Las Pampas y Palo Quemado ubicadas en el cantón Sigchos, provincia de Cotopaxi, y manifestar su solidaridad a las personas cuyos derechos son vulnerados.
[1] https://x.com/Gober_Cotopaxi/status/1772759741158068479?s=20
[2] http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/criminalizacion2016.pdf.
[3] Ibíd.
[4] https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_506_esp.pdf.
[5] https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_506_esp.pdf.