Pronunciamiento de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos sobre la Desaparición Forzada de 4 niños en Guayaquil

La Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU) expresa su profunda preocupación por la desaparición forzada de cuatro niños en Guayaquil, Ecuador.

Luego de un video expuesto en la Asamblea Nacional y de las declaraciones del ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, ambos hechos ocurridos el día de ayer 23 de diciembre de 2024, existe certeza de que una patrulla de las fuerzas armadas está involucrada en la desaparición de Ismael, Steven, Saúl y Josué, de 11, 14 y 15 años, ocurrida el 8 de diciembre de 2023. 

Resulta alarmante que el gobierno ecuatoriano pretenda atribuir la responsabilidad por esta desaparición a «grupos delincuenciales», cuando los videos difundidos públicamente evidencian que los niños fueron subidos por la fuerza a una camioneta y agredidos por militares. Luego de ello, según reconoce el propio ministro, fueron llevados al cuartel militar Taura, cuando, según el caso, debieron ser puestos en custodia de la Dirección Nacional de Policiía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen), de un juez de adolescentes infractores o de sus padres, como manda el ordenamiento jurídico.

Asimismo, advertimos con preocupación intentos de criminalizar a los niños desaparecidos, a través de cuentas troll en redes sociales, en claro afán de desviar la atención de la responsabilidad estatal. Estas acciones no solo ponen en mayor riesgo a los niños desaparecidos sino que además perpetúan la discriminación y estigmatización de las comunidades afrodescendientes y vulnerables, en un contexto marcado por el racismo estructural que ha sido evidenciado en la reciente sentencia de la Corte Constitucional en el caso Furukawa.[1]

Desde inicios de este año 2024, cuando el gobierno adoptó la decisión de mantenernos en permanentes y sucesivos estados de excepción, las organizaciones de derechos humanos hemos denunciado públicamente que autorizar operativos militares contra población civil ocasionaría impactos desproporcionados en poblaciones histórica y estructuralmente discriminadas. Desde la CEDHU, advertimos a la Corte Constitucional, en el caso 1-24-EE, sobre el grave riesgo al que estaban expuestos los hombres jóvenes afrodescendientes de ser víctimas de perfilamientos raciales. Es decir, el Estado ecuatoriano conocía de todos estos riesgos y no adoptó las medidas necesarias para evitar perfilamientos y proteger a las poblaciones más vulnerables.

Hoy 24 de diciembre de 2024, el Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU, dictó medidas de acción urgente en este caso, demandando la creación de una estrategia integral que incluya un plan de acción y un cronograma para su búsqueda y una investigación exhaustiva que cumpla con los estándares de una desaparición forzada. Esta estrategia debe seguir los principios de debida diligencia, ser coordinada y eficiente, respetar el interés superior de los menores y permitir la participación activa de sus familias. Además, se han adoptado medidas cautelares para proteger la vida e integridad de los padres y garantizar la conservación de los elementos probatorios, exigiendo al Estado ecuatoriano que informe sobre el cumplimiento de estas recomendaciones.

El Comité subraya la importancia de una intervención inmediata por parte de las autoridades para buscar y localizar a las personas desaparecidas y dispone al Estado ecuatoriano implementar cada una de las recomendaciones, e informar sin demora sobre las medidas adoptadas a más tardar el 7 de enero de 2025. 

El día de ayer, el Comité CERD Sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial emitió las Observaciones Finales del informe periódico 25 publicado el 23 de noviembre de 2024 en el que recomienda al Estado ecuatoriano intensificar los esfuerzos para erradicar la discriminación institucional institucional y estructural contra el pueblo afrodescendiente; que adopte una política nacional integral de lucha contra la discriminación racial que incluya la adopción de un plan nacional contra el racismo y la discriminación entre otras medidas.[2]

En ese contexto, la CEDHU hace un llamado urgente a las autoridades ecuatorianas para que se comprometan a cumplir con las recomendaciones del Comité de Desapariciones Forzadas de la ONU y a garantizar la seguridad y los derechos de todas las personas. La desaparición forzada de estos niños representa una grave violación de los derechos humanos y requiere una respuesta contundente que incluye dar con su paradero, y establecer responsabilidades.

También exigimos que se investiguen los casos que no han sido visibilizados mediáticamente. Esta falta de cobertura no solo deshumaniza a quienes han desaparecido, sino que también perpetúa un ciclo de silencio e impunidad que afecta desproporcionadamente a las comunidades más vulnerables. Es crucial que se preste atención a todas las desapariciones y que se priorice la búsqueda de justicia para cada una de las familias afectadas.

En este contexto, la CEDHU demanda una investigación exhaustiva y transparente que cumpla con los estándares internacionales, como lo establece el Artículo 2 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.[3]

Desde la CEDHU, nos mantenemos vigilantes y comprometidas en la defensa de los derechos de los niños desaparecidos y sus familias. Expresamos nuestra solidaridad con las familias afectadas y con las organizaciones que acompañan este caso, apoyando sus esfuerzos por justicia y verdad.


[1] Sentencia de la Corte Constitucional, caso Furukawa 21 de noviembre de 2024. http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/e2NhcnBldGE6J3RyYW1pdGUnLCB1dWlkOidlM2UwNzJjYS1jNTM2LTRhY2MtYmJmOC00YTJmMTVmMzUxOTMucGRmJ30=

[2] Informe Observaciones finales sobre el 25º informe periódico 
del Ecuador
https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CERD%2FC%2FECU%2FCO%2F25&Lang=en

[3] Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas https://www.ohchr.org/es/instruments-mechanisms/instruments/international-convention-protection-all-persons-enforced

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